NORMAS SOBRE EL PASAJERO
a) Los menores de catorce (14) años deben viajar en compañía de un adulto.
b) Los jóvenes de catorce (14) años y menores de dieciocho
(18) años podrán viajar solos con autorización de uno de sus padres o su tutor legal, quienes deberán suscribir el correspondiente permiso, portar el Registro Civil de Nacimiento del menor y el documento de identidad correspondiente.
c) Las autoridades podrán pedir la identificación de un menor de edad que viaje en Coopuertos, por eso es necesario que esté plenamente identificado antes del viaje.
d) Adquirir un tiquete cuando viaje con un menor de edad quien deberá ocupar durante el viaje su correspondiente puesto, con excepción de los niños de brazos.
e) Los pasajeros que viajen con niños menores de diez (10) años no podrán viajar en los primeros puestos del vehículo.
f) Los pasajeros que tengan alguna clase discapacidad, deben anunciarla al comprar el tiquete para acondicionar lo mejor posible su viaje.
g) Los pasajeros que tengan impedimentos para su locomoción deben manifestarla al comprar el tiquete para realizar los ajustes necesarios para que tengan un transporte con calidad